¡Enhorabuena, autónomos!

1 septiembre, 2010 | Antonio Beltrán

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El pasado 5 de Agosto se aprobó la Ley de Autónomos 32/2010, por la que se establece un sistema de protección específico para dichos trabajadores. Gracias a esta ley, los trabajadores por cuenta propia tendrán acceso a una prestación en caso de cese de su negocio. Se trata de crear el marco jurídico apropiado para lograr la equiparación entre trabajo por cuenta ajena y cuenta propia en lo que a protección social se refiere.

El día 6 de Agosto apareció publicada en el BOE la Ley 32/2010, de 5 del mismo mes, que establece un sistema de protección de los trabajadores autónomos por cese de actividad. Esta ley entrará en vigor el próximo 6 de noviembre y establece un sistema de cotización, obligatorio para todos aquellos que ya cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que les permitirá recibir las prestaciones en caso de cese de actividad. Todos aquellos que no estén adscritos a tal tipo de cotización a 6 de Noviembre podrán optar a ella dentro de los tres meses siguientes a la fecha señalada.

Esto quiere decir, básicamente, que por fin se ha establecido un sistema de protección al trabajador en casos de necesidad, tal y como señala la Constitución, con independencia de si la actividad es desempeñada por cuenta propia o ajena. Hasta ahora, esta protección estaba limitada a estos últimos, con lo que no se estaba respetando el espíritu de la norma que debe regir a todas las demás.

Desde Plus Majoristes Financers recomendamos a todos nuestros lectores que se encuentren en esta situación que soliciten a sus asesores la información relativa a las implicaciones que tiene esta ley y que así se mantengan debidamente informados de los derechos que ésta les confiere. Y nos alegramos de que, por fin, se equipare el régimen de trabajadores autónomos al de los que trabajan por cuenta ajena, para que aquéllos no se vean desamparados si su negocio no llega a buen puerto.

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