Descubierto: una forma de financiación muy cara para el consumidor
18 septiembre, 2019 | Antonio Gallardo
Septiembre no es un mes fácil para el consumidor. Tras las vacaciones llegan nuevos gastos como los derivados de la vuelta al cole. Ante esta situación, es muy normal acabar en números rojos porque la entidad financiera haya adelantado el pago de algunos recibos, es el denominado descubierto tácito en nuestra cuenta corriente.
El descubierto tácito se produce cuando al no tener saldo en la cuenta, es decir, al no poder hacer frente a un determinado pago el banco admite el descubierto y adelanta el dinero necesario para cubrir esa deuda. ¿Problema solucionado? Ni mucho menos. Hemos podido hacer frente al pago, aunque a cambio de pagar una comisión y/o unos intereses sobre la deuda contraída.
Qué cuesta un descubierto tácito
Actualmente los bancos tienen libertad para decidir los tipos de interés que aplican, según la Orden EHA/2899/2011, los cuales están obligados a publicar y comunicar al Banco de España. Si no hay otro tipo pactado para esos excesos, se aplican los tipos comunicados por cada entidad al Banco de España. Pero, debes tener en cuenta otros puntos:
En primer lugar, la decisión de conceder o no un descubierto es del banco. Es un punto importante tanto si no lo conceden como si no. Por un lado, si lo conceden, podrás hacer frente al pago de un recibo. Pero también si lo conceden sabes que vas a incurrir en unos gastos importantes, por lo que, si quieres que en tu cuenta no exista esta posibilidad, deberás comunicarlo al banco.
En segundo lugar, conocer los dos grandes componentes de gasto: intereses y comisión por descubierto (a los que se puede añadir una comisión por reclamación si pasan una serie de días sin regularizar la deuda). Eso sí, existe un límite si eres consumidor, y es que la aplicación conjunta de la comisión y del interés por descubierto no puede dar lugar a una tasa anual equivalente (TAE) superior a 2,5 veces el interés legal del dinero de conformidad con lo establecido en el artículo 20.4 de la Ley 16/2011.
A septiembre de 2019, estos son las comisiones por descubierto que aplican los principales bancos que operan en España:
Como podrás comprobar esta limitación de cobro tienes un problema por algún banco, como es la aplicación de importes mínimos. Así, por ejemplo, unos números rojos de mínima cuantía puede obligar al pago de comisiones de hasta 18 euros a sumar sus intereses.
A esto unimos comisiones que incluso llegan a los 30 euros por reclamación de la posición deudora. Esto se produce normalmente si no has hecho frente a la deuda en un plazo inferior a las 48 horas.
Cómo gestionar los descubiertos
El descubierto puede ser útil, hace frente a pagos importantes, como los de prestación de servicios como electricidad y evitan problemas. Pero, a cambio, hay que gestionarlos de forma eficiente. Por ejemplo, a veces es más útil no aceptar el descubierto si no podemos hacerle frente en un plazo muy corto.
En definitiva, es necesario un control financiero que empieza en la propia no generación de los descubierto, en el control presupuestario y, si fuera necesario compara diferentes alternativas de financiación que seguramente sean más económicas si este problema de descubierto se repite muy frecuentemente.
Buenos días, Que pasa si una cuenta a nombre de una SL que ha sido liquidada y cerrada tiene una cuenta de banco que queda en números rojos o en negativo por algún adelanto hecho por el banco o recibo pagado sin tener saldo suficiente, descubierto tácito. Pueden reclamar aunque la sociedad ya no exista, es un riesgo que asume en banco al concederlo?Podrían embargar al administrador de la SL. Gracias
Si la sociedad ha sido debidamente liquidada, lo que supone en el caso de tener deudas haber presentado un concurso de acreedores, el banco habría sido un acreedor más, que cobraría o no en función de los activos vendidos.
Lo importante es que se haya presentado el concurso de acreedores y el Juez no lo haya declarado culpable. Lo que no vale es pretender liquidar la sociedad sin haber presentando un concurso de acreedores, cuando hay deudas.
saludos.
Puedo pagar en varios plazos mi descubierto
Hola María Francisca,
No acabo de entender muy bien tú pregunta. Aunque desde luego que puedes hacer cuantos pagos necesites para cubrir un descubierto.