Propietarios de inmuebles: Atención a la cédula de habitabilidad
1 abril, 2010 | Antonio Beltrán
La cédula de habitabilidad es un documento imprescindible para que pueda celebrarse la compra-venta de un inmueble, ya que, como su mismo nombre indica, garantiza que dicho inmueble es habitable. Este hecho debe ser muy tenido en cuenta, tanto por los propietarios de los inmuebles como por los interesados en adquirirlos, aunque especialmente por los primeros, pues el plazo de obtención, no es nunca inferior a los treinta días, pudiendo provocar un retraso importante en la firma y, por tanto, probabilidades de que la operación se enfríe si no se ha programado debidamente.
El proceso de venta (o compra) de un inmueble parece a veces interminable, desde que el vendedor se pone en marcha para sacarlo al mercado (o el comprador para encontrar el adecuado) hasta que por fin se entregan (o reciben) las llaves que abren sus puertas, pero consta de una serie de fases establecidas para garantizar que se va a realizar adecuadamente. Por ello, y para evitar sorpresas desagradables e, incluso, pérdida de oportunidades, es fundamental que el interesado esté informado previamente de todas ellas, así como de cada requisito que se habrá de cumplir. Lo ideal, desde luego, y lo que aconsejamos desde PLUS MAJORISTES FINANCERS, es que recurran a Promotores o Api’s, profesionales especializados en la materia, que sabrán acompañarles en todo el proceso y aconsejarles a cada paso.
Un paso fundamental en el proceso lo constituye la obtención de la CÉDULA DE HABITABILIDAD, documento que garantiza que un inmueble es habitable y en cuya ausencia es imposible la venta ante notario. Dicho proceso tiene una duración no inferior a 30 días, motivo por el cual, si no se ha previsto este plazo, puede suponer el incumplimiento del contrato de arras, con el consiguiente perjuicio tanto para el vendedor como para el comprador.
El proceso comienza en el momento en que se solicita al organismo pertinente, que envía a un arquitecto para la revisión del inmueble y la elaboración de un informe, que será comprobado por el citado organismo hasta que éste, finalmente, emite la esperada cédula. Y se complica aún más si es un particular el que intenta gestionarlo, pues desconoce las vías más adecuadas para ello. La obtención de la cédula de habitabilidad se convierte, así, en un elemento en el que se hace imprescindible de nuevo la entrada en juego de Promotores o Api’s.