Diccionario financiero
Puede usar nuestro diccionario financiero para encontrar todos aquellos términos que no entienda a la hora de buscar información sobre su hipoteca.
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CréditoDerecho de disponer de un dinero ajeno o de retrasar, por un cierto plazo, el pago de cantidades debidas, a cambio de cierto tipo de interés. El que da crédito es el acreedor y el que lo recibe es el acreditado. Contrato por el que una persona o entidad, normalmente una entidad financiera o de crédito, concede a una persona física o jurídica una cantidad máxima de dinero de la que puede ir disponiendo, pagando por ella los intereses correspondientes. No es sinónimo de préstamo.
Crédito a corto plazo / Deuda a corto plazo / Pasivo circulante / Exigible a corto plazo
Cuenta del pasivo de una empresa en la que se contabiliza la deuda bancaria cuyo vencimiento es menor de un año. Desde el punto de vista del análisis del riesgo crediticio, e independientemente de si legalmente la deuda es a menos de un año, debe estudiarse si lo que se financia es temporal o se trata de una financiación permanente. Asimismo es preciso conocer no solo las cantidades dispuestas, sino los límites de crédito de que dispone.
Crédito a interés fijo
Crédito cuyo tipo de interés se mantiene constante todo el tiempo.
Crédito a interés variable
Crédito cuyo tipo de interés varia con arreglo a un índice acordado.
Crédito a la exportación
Fondos puestos a disposición de los exportadores por instituciones financieras públicas y privadas, en condiciones especiales de tipo de interés y plazos de amortización, al objeto de aumentar las ventas al exterior. No puede utilizarse para fomentar la exportación entre países de la Unión Europea. Existen tres instrumentos de ayuda a la exportación: el contrato de ajuste recíproco de Intereses, el seguro CESCE y los créditos FAD.
Crédito a largo plazo/ Deuda a largo plazo / Exigible a largo plazo
Es aquella deuda bancaria cuyo pago no se realizará, en su totalidad, a lo largo del año en curso. Desde el punto de vista del análisis crediticio es preciso estudiar las condiciones de dicha deuda, desde los siguientes puntos de vista: calendario de vencimientos, tipos de interés (fijos o variables) y tipos de garantías aportadas.
Crédito al consumo
Crédito destinado a la adquisición de bienes de consumo y no a la inversión empresarial o a la adquisición de otros tipos de bienes.
Crédito back-to-back
Crédito documentario abierto con la garantía de otro crédito, que constituye una obligación distinta e independiente. A efectos de riesgo se considera un crédito nuevo. Es un crédito documentario garantizado.
Crédito comercial
El que se concede a corto plazo por los proveedores a una empresa para financiar las compras de esta.
Crédito con garantía real
Tiene como cobertura la garantía de un bien inmueble o de un valor mobiliario.
Crédito de avío
Crédito destinado necesariamente al aprovisionamiento de materias primas y materiales, pago de salarios y gastos directos de explotación indispensables para el funcionamiento del negocio.
Crédito de habilitación
Crédito destinado específicamente a inversiones en el activo circulante. Es sinónimo de crédito de avío.
Crédito documentario
En el contexto de las operaciones comerciales con el extranjero, modalidad de pago mediante la cual el banco del importador se obliga a pagar las mercancías al exportador contra entrega de documentos, siempre que se cumplan las condiciones del contrato.
Crédito en cuenta corriente
Posibilidad concedida al titular de la cuenta de dejarla en descubierto a cambio de un tipo de interés, que suele ser elevado.
Crédito hipotecario
Garantía que afecta a la propiedad de un bien inmueble para el cumplimiento de una obligación. La diferencia con el préstamo hipotecario es que mientras que este último se va amortizando a medida que se paga, el crédito hipotecario se amortiza del mismo modo pero con la particularidad de que, tan pronto como la deuda sea inferior al 80 % del valor de tasación, se puede nuevamente solicitar el capital devuelto sin necesidad de firmar otra hipoteca.
Crédito intradía
Crédito concedido por un periodo inferior a un día.
Crédito irrevocable
Tipo de crédito documentario que precisa de la conformidad de todas las partes interesadas para ser modificado o cancelado.
Crédito participativo
Crédito concedido a sociedades que pasan dificultades económicas a un tipo de interés fijo y bajo, que se compensa con el ofrecimiento de la participación en sus beneficios si se produjeran.
Crédito personal
Crédito concedido a una persona física que responde de su pago con su propio patrimonio.
Crédito pignoraticio
Crédito garantizado mediante la toma en prenda de bienes.
Crédito puente
Crédito concedido por un periodo breve hasta que se pacta otro más a largo plazo con el fin de ofrecer liquidez inmediata a un prestatario que va a disponer de ella poco tiempo después.
Crédito revocable
Crédito documentario que puede ser modificado o cancelado por decisión del banco emisor en caso de que el beneficiario no presente los documentos comerciales correspondientes.
Crédito revolvente
Crédito del que se puede volver disponer una vez pagado.
Crédito simple
Crédito del que no se puede volver a disponer una vez pagado.