Diccionario financiero
Puede usar nuestro diccionario financiero para encontrar todos aquellos términos que no entienda a la hora de buscar información sobre su hipoteca.
Si pulsa cualquier letra del listado aparecerán todas las palabras o frases que empiezan por ella o puede usar el buscador para encontrar algo en concreto.
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Largo plazoTodo aquel periodo de tiempo superior a un año.
Lavado de dinero
Práctica ilegal de convertir mediante algún subterfugio el dinero procedente de actividades ilegales en dinero legal.
Leasing
Alquiler con derecho a compra.
Leasing financiero
La modalidad más habitual del leasing. Se trata de una operación financiera a media o largo plazo, consistente en la cesión por parte de la sociedad propietaria de un bien por un periodo determinado a cambio de una renta periódica, teniendo el arrendatario la posibilidad de adquirirlo por un valor residual establecido.
Leasing operativo
Modalidad de leasing a corto plazo que puede ser cancelado por el arrendatario, en el que no existe la opción de compra por el valor residual.
Leonino
Dícese del contrato que solo es ventajoso para una de las partes.
Letra
Denominación abreviada de la letra de cambio, titulo de crédito en el que el librado se obliga a pagar al librador o al beneficiario un importe en una fecha de vencimiento especificada.
Letra a cobrar
Letra de cambio pendiente de cobro.
Letra a fecha fija
Letra en la que figura una fecha exacta de vencimiento.
Letra a la vista
Letra que no tiene una fecha exacta de vencimiento, sino que debe pagarse a su presentación.
Letra aceptada
Letra en la que el librado ha estampado su firma en el documento como señal de aceptación de su pago.
Letra avalada
Letra cuyo pago está garantizado total o parcialmente por un tercero, que se convierte en deudor solidario.
Letra bancaria / Letra de empresa
Medio de financiación de las sociedades consistente en una letra librada por un banco y aceptada por dicha sociedad. Puede considerarse sinónimo de pagaré de empresa.
Letra cruzada
Letra que supone la emisión de otra, siendo ambas aceptadas recíprocamente por dos o más personas físicas o jurídicas.
Letra de cambio
Titulo-valor de carácter ejecutivo. Normalmente el vendedor de una mercancía es el librador que ordena al comprador, librado, que pague al tenedor, que suele coincidir con el propio vendedor. Es un instrumento financiero susceptible de endoso, en cuyo caso el librador dejará de coincidir con el tenedor. También puede ser llevado al descuento por el tenedor, en cuyo caso el vendedor de una mercancía puede conseguir un adelanto en el cobro de la deuda. Lo usual es que esté aceptada por el librado, que así reconoce su deuda. Para que sea válida debe contener la denominación de letra de cambio, el mandato puro y simple de pagar la cantidad descrita en número y letra, el nombre de la persona que ha de pagar (librado), la fecha de vencimiento –si no existe se entenderá que es pagadera a la vista–, el lugar en que se ha de efectuar el pago, el nombre de la persona a quien se ha de pagar, la fecha y lugar de emisión y la firma del que la emite (librador).
Letra de cambio aceptada
Aquella que ha sido aceptada por el librado, bien con la mención expresa de “acepto” o simplemente estampando su firma en ella, con lo que queda reconocida la deuda.
Letra de cambio domiciliada
Aquella que señala un domicilio de pago distinto del domicilio del librado, generalmente un banco.
Letra de colusión o letra pelota / Efecto de favor
La letra emitida mediante un pacto fraudulento entre el librador y le librado, de modo que no existe compraventa de mercancías o prestación de servicio que justifique su libramiento.
Letra del Tesoro
Título de deuda pública a corto plazo, emitido por el Tesoro, por un valor nominal de 1.000 € y con vencimientos de tres, seis o doce meses.
Letra descontada
Letra que ha sido entregada a una entidad de crédito para su abono anticipado a cambio de una comisión y de los intereses correspondientes.
Letra devuelta
Letra impagada.
Letra en blanco
Letra en la que se han omitido todos o algunos de los requisitos formales. Es válida si se completa antes del vencimiento.
Letra financiera
Modalidad de crédito por la que una entidad bancaria concede un préstamo al solicitante y crea una letra de cambio como instrumento de crédito y cobro. Esta letra es descontada por la entidad bancaria, que la abonara en la cuenta del prestatario una vez deducidos los intereses, comisiones y otros gastos. No responde a una operación comercial, si no que se crea para utilizar su fuerza jurídica como garantía de cobro.
Letra negociable
Letra endosable.