Diccionario financiero
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Impuesto de sociedades (IS. Modelo 201)Grava las ganancias generales en la empresa (beneficio bruto menos amortizaciones) con un tipo único. Suele ser del 35 % si bien realmente viene a ser inferior debido a las deducciones contemplados en la propia ley. Está considerado un gasto en el plan general contable (PGC).
Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP)
Impuesto objetivo, de naturaleza indirecta que grava las transmisiones onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados. Es un impuesto de devengo instantáneo, en el momento de realizarse la operación.
Impuesto progresivo
Impuesto por el que los contribuyentes más ricos pagan una proporción mayor de su renta que los más pobres.
Impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD)
Impuesto objetivo, de naturaleza indirecta que grava las transmisiones onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados. Es un impuesto de devengo instantáneo. Se liquida también cuando se compra una vivienda de obra nueva y puede variar entre el 0,5 % y el 1,55 %, según la comunidad.
Impuesto sobre bienes inmuebles
Impuesto directo de titularidad municipal, obligatorio en todos los Ayuntamientos españoles, y que grava el valor de los bienes inmuebles. Lo ha de abonar periódicamente la persona titular de alguno de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales: concesión administrativa sobre los propios inmuebles o los servicios públicos afectos, derecho real de superficie, derecho real de usufructo y derecho de propiedad. Antes de realizarse una operación de compraventa, puede ser el vendedor quien cancele todos los recibos del año en curso o que, simplemente, asuma el IBI de los meses en que la vivienda todavía fuera suya, dejando al comprador la obligación de asumir el pago de los meses restantes de ese año.
Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Tributo consistente en un porcentaje sobre el valor añadido a una mercancía o a un servicio por los diferentes profesionales y empresas que intervienen en su producción y distribución. Estos profesionales y empresas declaran en las liquidaciones correspondientes el IVA repercutido a los clientes, y de su monto total restan las cantidades que por el mismo concepto ellos han debido pagar en sus compras a los proveedores, de tal modo que el resultado puede ser tanto positivo (y en este caso lo deben ingresar en el Tesoro) como negativo (y entonces se compensa en las liquidaciones siguientes). La adquisición de vivienda de obra nueva está gravada con el 10% y la protegida con el 4%.
Impuesto sobre la renta
Impuesto directo de naturaleza personal que grava los ingresos percibidos por las personas físicas o jurídicas.
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
Impuesto directo de naturaleza personal que grava las rentas percibidas por las personas físicas, tales como rendimientos del trabajo, del ahorro u otros, pudiéndose desgravar por conceptos tales como el pago de hipoteca para la adquisición de vivienda habitual o las inversiones en determinados activos. Los incrementos patrimoniales lucrativos son objeto de un impuesto independiente. Las citadas rentas están integradas por una serie de componentes, que se identifican y cuantifican de acuerdo con las reglas especificas que la ley ha previsto para cada categoría: rendimientos de trabajo, rendimientos de capital inmobiliario, rendimientos de capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de rentas inmobiliarias.
Impuesto sobre sociedades (IS)
Impuesto que grava los beneficios obtenidos por las empresas.
Impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD)
Impuesto directo y subjetivo que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a titulo lucrativo de las personas físicas.
Impuestos directos
Los que gravan las manifestaciones directas de la capacidad económica de los contribuyentes, tales como su renta, su patrimonio y los beneficios en el caso de las sociedades.
Impuestos indirectos
Gravan las manifestaciones indirectas de la capacidad económica de los contribuyentes, tales como su consumo o gastos.
Incapacidad total
Imposibilidad de un trabajador para realizar todas las labores que le corresponden como consecuencia de un accidente o de una enfermedad. Cuando es irreversible se la denomina incapacidad total permanente.
Incidencia
Como significado general, suceso que sobreviene en el curso de un asunto o de un negocio y tiene alguna relación con el mismo. En el contexto bancario, suceso que sobreviene como consecuencia de un error o del incumplimiento de los procedimientos pertinentes.
Incorporación de reservas
Modalidad de ampliación de capital consistente en la utilización de los beneficios no distribuidos o de las reservas de libre disposición.
Incremento del patrimonio
Aumento del valor del patrimonio neto de una persona física o jurídica, con las consecuencias fiscales correspondientes, como consecuencia de una modificación en la composición del mismo.
Indemnización
En el contexto de los seguros, compensación o resarcimiento económico de las pérdidas sufridas por el perjudicado por parte del causante del daño o de su aseguradora.
Indemnización diaria
En el contexto del seguro de accidentes personales, pago que debe realizar la aseguradora al asegurado cada uno de los días que permanece de baja por incapacidad temporal.
Indemnización por cese
Remuneración que una empresa debe a los empleados como consecuencia de la decisión de la entidad de resolver contrato del empleado antes de la edad normal de retiro; o bien la decisión del empleado de aceptar voluntariamente la conclusión de la relación de trabajo a cambio de tales beneficios.
Indemnizar
Resarcir económicamente por el daño o perjuicio causado.
Indicador
Cifra que muestra la medida de algo.
Indicador económico
Indicación cuya evolución da una idea aproximada sobre la marcha de la economía, tales como la renta per cápita, el PIB, los índices de desempleo, etc.
Índice
Expresión en forma de número de la relación entre dos cantidades.
Índice de beneficio bruto
Relación entre el beneficio bruto y el precio de venta.